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¿Quién lo puede solicitar? Jóvenes personas físicas, titulados universitarios o con formación profesional de grado medio...

05/08/2026

¿Quién lo puede solicitar?
Jóvenes personas físicas, titulados universitarios o con formación profesional de grado medio o superior, incluidos aquellos que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica que se establezcan por cuenta propia, y cumplan los requisitos.
¿Qué requisitos debo cumplir?
El solicitante de la subvención deberá cumplir los siguientes requisitos:
Haber solicitado el alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, entre el día 2 de septiembre de 2025 y el día 7 de agosto de 2026, ambos inclusive.
Estar inscrito como beneficiario en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en los términos establecidos en la normativa estatal que lo regula, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
Estar en posesión de una titulación universitaria o de formación profesional de grado medio o superior, o cumplir los requisitos para su obtención, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, relacionada con la actividad por la que se solicita la subvención.
¿Para qué es la ayuda?:
Las subvenciones se destinarán a fomentar el inicio de una actividad económica por cuenta propia.
Cuantía:
El importe de la subvención será de 12.000 €
https://f.mtr.cool/jcvhntirzl

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